Estimados ingenieros colegiados:
Somos conocedores del momento delicado que estamos viviendo debido al Estado de Alarma provocado por el COVID19, por ello las juntas directivas COITT/AEGITT quieren mostrar su apoyo a todos los profesionales que componen nuestro colectivo, aplazando el primer pago semestral 2020 de la cuota colegial, hasta la primera quincena del próximo mes de junio 2020.
Por otro lado, y según lo aprobado en la Asamblea General del pasado 29 de febrero de 2020, COITT/AEGITT mantiene en este ejercicio, el coste de sus cuotas:
· Cuota anual 128€ (2 pagos de 64€ el semestre)
Recordaros que COITT continúa con su habitual funcionamiento aún durante el Estado de Alarma, así mismo desde nuestra Secretaría Técnica seguimos dando servicios y asesoramiento a los profesionales ante esta situación.
Gracias.
Junta Directiva.
#Estevirusloparamosentretodos
Estimad@s Compañer@s
Con fecha de ayer fue publicado en el BOE el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19, el cual podéis consultar aquí :
https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/29/pdfs/BOE-A-2020-4166.pdf
En el artículo 1 de este Real Decreto-Ley se indica que el ámbito de aplicación :
“..se aplicará a todas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración de estado de alarma establecida por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo”.
Es decir este Real Decreto Ley no es aplicable para los trabajadores por cuenta propia, como son los Libre Ejercientes autónomos colegiados.
Por otra parte, si estás inscrito en el registro de libre ejercientes y eres trabajador por cuenta ajena en un empresa de telecomunicaciones o que presta servicios al amparo del artículo 18, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo para redes o instalaciones que soportan servicios de telecomunicaciones, este Real Decreto-ley, tampoco te afectaría.
En los puntos 1 y 13 del anexo se indica que no será objeto de aplicación este Real Decreto-Ley a las siguientes personas trabajadoras por cuenta ajena:
- Aquellos trabajadores por cuenta ajena que realizan actividades que deban continuar desarrollándose al amparo del artículo 18, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y de la normativa aprobada por la Autoridad Competente y las Autoridades Competentes Delegadas.
- Las de empresas de telecomunicaciones y audiovisuales y de servicios informáticos esenciales, así como aquellas redes e instalaciones que los soportan y los sectores o subsectores necesarios para su correcto funcionamiento, especialmente aquéllos que resulten imprescindibles para la adecuada prestación de los servicios públicos, así como el funcionamiento del trabajo no presencial de los empleados públicos.
Por lo tanto, si eres libre ejerciente trabajas por cuenta ajena para una empresa de telecomunicaciones, o para una empresa que presta servicios para redes o instalaciones, tampoco te afectaría este Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo.
Igualmente, según el artículo 1.2.e), tampoco es aplicable este Real Decreto-Ley a las personas trabajadoras que puedan seguir desempeñando su actividad con normalidad mediante teletrabajo o cualquiera de las modalidades no presenciales de prestación de servicios.
La Secretaría Técnica.
Estimad@s compañer@s
Adjuntamos el comunicado recibido en el Colegio enviado por el Subdirector General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales informando sobre el comunicado enviado a la Comisión Europea sobre la necesidad de aplazar la fecha final del Segundo Dividendo Digital más allá del 30 de Junio de 2020.
Buenas tardes a tod@s:
Como continuación a los comunicados anteriores sobre el proceso de liberación del segundo dividendo digital, os informo de que España ha comunicado a la Comisión Europea la necesidad de aplazar la fecha final del 30 de junio de 2020, para completar la liberación del segundo dividendo digital.
La necesidad de este aplazamiento es consecuencia de la situación de excepcionalidad que estamos viviendo como consecuencia del Covid-19, y la nueva fecha se evaluará y se determinará en función de cuando finalicen las medidas de contención adoptadas para hacer frente a esta pandemia. El aplazamiento, que no se trata de una suspensión del proceso, será por el mínimo plazo imprescindible para completar el mismo.
Podéis ver la noticia en este enlace:
Un cordial saludo,
Antonio Fernández-Paniagua Díaz-Flores
Subdirector General de Planificación y Gestión del Espectro Radioeléctrico
Dirección General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual
Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
Estimados ingenieros colegiados:
Os informamos que con motivo de Estado de Alarma decretado en el país, desde nuestra entidad estamos trabajando en la creación de una base de datos de los diferentes perfiles de expertos de nuestro colectivo para poner a disposición de la Administración, y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como a cada uno de los gobiernos regionales con el fin de que los profesionales de este colectivo contribuyamos a las medidas que desarrolle la Administración ante proyectos y servicios necesarios para ayudar a combatir el COVID19.
Queremos poner a disposición del Gobierno nuestra experiencia, herramientas, conocimientos y equipo humano para proyectar, dirigir, e implementar los sistemas de telecomunicación en todos los campos de actuación que sean necesarios, (infraestructuras e Instalaciones de Telecomunicación: radioenlaces, radio, redes cableadas y/o estructuradas, monitorización, programación de ruteo de tráfico de red, etc).
Somos conscientes de que nuestro conocimiento y competencias técnicas, aportarán valor a la situación económico/ social que actualmente vive España.
Los colegiados interesados en formar parte de esta red de expertos, deben realizar su inscripción a través del siguiente formulario
Gracias.
Junta Directiva.
#Estevirusloparamosentretodos
Estimad@s Compañe@s
La emergencia de COVID-19 está teniendo un gran impacto en nuestras vidas y economías. Por ello, la Comisión Europea está lanzando una serie de iniciativas para abordar este problema.
Una de estas iniciativas es la AI-ROBOTICS vs COVID-19, de la Alianza Europea de Inteligencia Artificial que puedes consultar en este enlace, y en el que podrás ver iniciativas y soluciones ya propuestas :
https://ec.europa.eu/digital-single-market/en/news/join-ai-robotics-vs-covid-19-initiative-european-ai-alliance
La Comisión Europea, a través de esta iniciativa, te invita a participar si consideras que tienes las capacidades para implementar soluciones de robótica e inteligencia artificial que podrían ayudar a enfrentar la crisis en curso, por ejemplo, soluciones de robótica para aumentar las capacidades de prueba COVID 19.
Si consideras que un proyecto que hayas realizado o alguno que tengas en curso puede ofrecer soluciones rápidas para manejar esta crisis, puedes compartirla en el link indicado por la Comisión Europea
El Área de Comunicación del COITT
Estimad@s Compañer@s
El COITT y la AEGITT, con el objetivo de que la normativa necesaria para que la ejecución de las actividades profesionales de los Graduados e Ingenieros Técnicos de Telecomunicación, llegue a todo el colectivo, ha dispuesto durante este periodo de Estado de Alarma, abrir el acceso a la visualización de las normas publicadas por AENOR que son aplicables en nuestra profesión.
Este listado es utilizado habitualmente por los libre ejercientes de la Secretaría Técnica para la realización de los proyectos y otros documentos que se presentan a visar, constituyendo una herramienta imprescindible para la correcta labor de nuestras actividades profesionales.
Con esta decisión el COITT y la AEGITT tratan de facilitar a la Sociedad a través de todos sus colegiados/asociados, todas las herramientas de las que dispone para que el servicio esencial de las telecomunicaciones sea realizado, durante este Estado de Alarma, con la profesionalidad que siempre ha caracterizado a nuestro colectivo.
El acceso lo podéis encontrar en la página de inicio de nuestra web https://telecos.zone/
LAS JUNTAS DE GOBIERNO Y DIRECTIVA DEL COITT/AEGITT
- 6: ACCESO A NORMAS UNE EPIs Y PRODUCTOS SANITARIOS
- 5: NUEVO COMUNICADO DE LA SECRETARIA DE ESTADO SOBRE SEGUNDO DIVIDENDO DIGITAL TRAS DECLARARSE EL ESTADO DE ALARMA
- 4: SUSPENSIÓN DE PLAZOS ADMINISTRATIVOS Y DE PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN Y CADUCIDAD POR EL RD 463/2020 DE ESTADO DE ALARMA
- 3: TELETRABAJO. COITT, se ha acogido a la modalidad de teletrabajo. Nuestro equipo continuará desarrollando su actividad con normalidad y prestando los servicios habituales a nuestros colegiados/asociados.