Se trata del caso de una compañera que pretende proyectar en materia de PCI y que recibió una sentencia negativa de la Administración competente, la cual recurrimos. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias señala que “ni la sentencia, ni la resolución recurrida identifican norma alguna que excluya la competencia profesional de los Ingenieros Técnicos de Telecomunicaciones para la celebración del proyecto de protección contra incendios”.