El pasado 6 de abril comenzó la Campaña de Renta 2021 que se mantendrá abierto hasta el 30 de junio. Y entre los beneficios de estar colegiado/a está el de la deducción de las cuotas que se abonan al colegio en la renta anual.
En estos momentos en los que el periodo de presentación de la renta del ejercicio 2021 está activo, es importante tener en cuenta que esta opción deberá indicarse en el borrador, ya que no es una posibilidad predeterminada en el documento. Así como que si se elige deducir la cuota colegial, la cantidad a desgravar y las instrucciones a seguir, dependen del ejercicio de la profesión que tenga el colegiado/a en cuestión.
En el caso de los profesionales que trabajen por cuenta ajena se pueden deducir las cuotas colegiales hasta un máximo de 500 euros anuales. Este mismo límite se aplica en el caso de los colegiados que ejercen en un organismo público.
En cambio, los ingenieros técnicos que ejercen por cuenta propia no tienen límite cuantitativo en su deducción de las cuotas.
Aquí os adjuntamos un video explicativo que ha hecho público la Agencia Tributaria.