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El Gobierno aprueba el proyecto de Ley de Startups

El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes día 10 la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, más conocida como Ley de Startups, que sitúa a España a la vanguardia en atracción de inversión, talento y emprendimiento innovador

La norma tiene como objetivo simplificar los trámites para la creación de nuevas empresas y establece incentivos para atraer emprendedores y empleados de alta cualificación. Esta ley era necesaria para dotar de un marco regulatorio específico a este tipo de empresas, que constituyen la base de la nueva economía digital, generan puestos de trabajo altamente cualificados y tienen mucho potencial para crecer si logran superar dificultades inherentes a su propia naturaleza como la falta de financiación y de capacidad para captar y retener trabajadores de alto valor añadido en sus fases iniciales.

El proyecto de ley establece que serán consideradas startups aquellas empresas que sean innovadoras, de nueva creación o con una antigüedad de hasta 5 años en general, o de 7 años en el caso de empresas de biotecnología, energía e industriales; que tengan su sede social, establecimiento permanente y la mayoría del empleo en España; que no hayan distribuido dividendos y no sean cotizadas, y que tengan ingresos de hasta 5 millones de euros.

Con esta norma se pretende facilitar los trámites para la creación de estas empresas con la eliminación de los aranceles notariales y registrales cuando se trate de empresas que se creen acogiéndose a los estatutos tipo y por vía electrónica. Asimismo, la constitución de una empresa será posible mediante un documento único electrónico y la inscripción en el registro mercantil en 6 horas, si se utilizan los estatutos tipo, y en 5 días hábiles en el resto de casos. También se elimina el requisito de obtener el número de identificación de extranjero para los inversores no residentes y, durante los 3 primeros años, se exime a la startup de la causa de disolución por pérdidas relacionadas o que generen un desequilibrio patrimonial.

La nueva norma prevé un régimen fiscal muy favorable, tanto para las empresas y sus inversores como para sus trabajadores. Para los primeros, entre otras medidas, se reduce el tipo impositivo en los impuestos de sociedades y sobre la renta de no residentes del 25% al 15%, se permite el aplazamiento de la deuda tributaria sin garantías ni intereses de demora; se elimina la obligación de efectuar pagos fraccionados y se eleva la base máxima de deducción por inversión en empresas de nueva o reciente creación de 60.000 a 100.000 euros anuales. Para los trabajadores se mejorará el tratamiento de las formas de remuneración basadas en opciones sobre acciones de la propia compañía o stock options. También se elimina la doble cotización a la Seguridad Social durante 3 años para aquellos emprendedores que mantengan simultáneamente un empleo por cuenta ajena.

 Aquí puedes consultar el detalle de la noticia

https://portal.mineco.gob.es/es-es/comunicacion/Paginas/211210_agenda.aspx