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COITT prestará los servicios necesarios para que sus colegiados puedan ejercer ante el estado de alarma

Tras el Real Decreto 463/2020 dictado el pasado 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma generado por el COVID-19, los ingenieros técnicos de telecomunicación y la industria a la que representan,  cobran un importante papel ante la situación de crisis social-económica a la que la población se enfrentaDe ahí que los miembros de este colectivo estén aportando valor con su actividad permanente en el desarrollo de proyectos y procesos en beneficio de la comunidad.

Desde la Secretaría Técnica del COITT y según  lo establecido en el Artículo 18 de este decreto, en el que se hace referencia a los operadores críticos de servicios esenciales, nuestro Colegio prestará todos los servicios necesarios para facilitar a nuestros profesionales colegiados su labor a nivel nacional en este Estado de Alarma.

El Artículo 18 establece lo siguiente:

  1. Los operadores críticos de servicios esenciales previstos en la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de infraestructuras críticas, adoptarán las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios esenciales que les son propios.
  2. Dicha exigencia será igualmente adoptada por aquellas empresas y proveedores que, no teniendo la consideración de críticos, son esenciales para asegurar el abastecimiento de la población y los propios servicios esenciales.

En atención a lo dispuesto en este Artículo 18 y en la Ley 8/2011, en cuyo anexo se contempla como servicio esencial el sector estratégico el de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), los Ingenieros Técnicos de Telecomunicación colegiados cuya actividad profesional conlleve la participación en la realización de proyectos, replanteos, direcciones de obra, legalizaciones y tramitaciones de infraestructuras de Telecomunicación y de servicios de Tecnologías de la Información, se encuentran en la obligación de garantizar con su labor profesional estas infraestructuras y servicios.

 

Para la realización de estos trabajos es imprescindible cumplir con las recomendaciones de las autoridades sanitarias que podéis consultar en estos enlaces https://www.mscbs.gob.es y https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov-China/ciudadania.htm

Aquellos colegiados que tengan la necesidad de obtener un certificado de ejerciente profesional que sirva como salvoconducto para los desplazamientos en el ejercicio de vuestra actividad, podéis solicitarlo a través de la secretaría técnica del COTT Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

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